El Parto Respetado implica generar un espacio de nacimiento, donde la mamá y el recién nacido/a sean los protagonistas de uno de los momentos mas importantes de la vida. Cada año en mayo se realiza a nivel mundial la semana del parto respetado. Adhiriendo a esta iniciativa desde CDM Noticias vamos a indagar un poco en el rol de las Doulas.
¿Qué es una Doula?
Una Doula es una persona que acompaña afectivamente a mujeres en el camino de la maternidad. Puede acompañar durante el embarazo, el parto, el postparto o la lactancia. Generalmente las doulas son mujeres madres que buscan proteger las necesidades de la familia en el momento de un nuevo nacimiento.
Una doula es un soporte emocional y afectivo. Busca ser una presencia sanadora, ininterrumpida. Las doulas con su presencia discreta, ayudan a devolverle a la maternidad los aspectos emocionales y espirituales que merecen: el embarazo como un proceso profundo y el parto como un hecho único y sagrado.
¿Cuál es la tarea de una Doula?
Su tarea es «estar». Las doulas no realizan exámenes médicos, no reemplazan a una obstetra, partera, ni a un familiar. Saber estar en momentos tan complejos no es una tarea fácil. Saber estar tiene que ver con la empatía, el saber sintonizarse y el crear una construcción vincular. Esto implica el comprender al otro desde la contención y el respeto.
«La doula debe tener una disponibilidad emocional que le permita conectarse con la frecuencia sutil de la madre reciente. Asistiendo prioritariamente el mundo interno de la madre»
Laura Gutman (2009)
El Parto Respetado en Argentina es Ley
En Argentina, existe la Ley 25.929 sancionada y promulgada en 2004 y finalmente reglamentada en 2015 la cual defiende los derechos de las madres, los recién nacidos/as y sus familias al momento del trabajo de parto, parto y post parto, donde está detallado los distintos derechos que deben garantizarse a la mujer, el recién nacido/a y su familia
Ley N° 25.929. Parto Humanizado
Reglamentación.
VISTO el Expediente N° 1-2002-24884-14-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Ley N° 25.929, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.929 sobre Parto Humanizado, establece que las obras sociales regidas por leyes
nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente determinadas prestaciones relacionadas con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el posparto, incorporándose las mismas al Programa Médico Obligatorio (PMO).
Asimismo, la referida Ley regula los derechos de los padres y de la persona recién nacida. Que dicha Ley pone de relieve los derechos de toda madre a la información, al trato digno, respetuoso e individual, propugnándose su libertad de elección respecto de la persona que la acompañará durante los controles prenatales, el trabajo de parto, el parto y el posparto, anteponiéndose el parto natural a las prácticas invasivas y de suministro de medicación, sin perjuicio de la necesidad y obligatoriedad de la utilización de estas prácticas cuando lo ameriten el estado de salud de la parturienta y/o la persona por nacer con la previa voluntad de la madre expresamente manifestada por escrito en caso que se requiera someterla a algún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
Que asimismo, en la citada norma se destaca el claro reforzamiento del derecho al vínculo corporal
entre la madre y el/la recién nacido/a, exigiéndose el mayor respeto a dicho vínculo, al reconocerse la necesidad del/la recién nacido/a a la internación conjunta con su madre en sala durante el menor plazo posible y la necesidad de la madre de mantenerse al lado del/la recién nacido/a, sin perjuicio de la obligatoriedad de adoptar otro temperamento cuando lo ameriten el estado de salud de la madre y/o el/la recién nacido/a, no pudiendo tampoco ser el/la recién nacido/a objeto de examen o intervención con propósitos de investigación, salvo que mediare la expresa voluntad de sus representantes legales intervinientes, manifestada por escrito, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
Seguir construyendo
Si nos preguntamos cómo nacimos, o hablamos con algún familiar sobre un parto reciente, podemos observar que a pesar de pesar de la promulgación de la ley, aún se sostienen prácticas ácriticas que pasan por encima de los derechos de las mujeres. Nos enteramos de medicalización sin consentimiento, malos tratos, poca información, de bebés que son separados de sus madres al nacer y alimentados directamente con leche de fórmula, etc. Todo indica que es necesario seguir trabajando en la difusión de nuestros derechos, en conciencia del momento del parto como un momento único en la vida, en educación y atención en salud reproductiva.
¿Qué pasaría si la obstetricia se convirtiera en una disciplina médica al servicio de las mujeres?
¿Qué pasaría si la cesárea recuperara su condición de maravillosa operación de salvación?
Michel Odent