En la jornada de ayer el Concejo Deliberante de Capilla del Monte resolvió la modificación del artículo 42 del Código Municipal de Faltas aprobado por Ordenanza N° 2711/16.
El nuevo artículo:
Artículo 42: El que de cualquier forma y/o por cualquier medio maltrate, abandone, lesione o cometiera actos de crueldad contra un animal será sancionado con multa mínima de quinientas (500) U.F. y máxima de mil (1000). Crea, además el Registro Municipal de Infractores por Maltrato Animal.
Tras la modifiación, además, se aprobó por unanimidad la resolución Nº 4273/26 que declara Personas No Gratas en el ámbito de la Localidad de Capilla del Monte a las dos personas que han sido formalmente imputados en la causa penal que se tramita ante la Fiscalía de Instrucción de Cosquín, vinculada a presuntos actos de maltrato y crueldad animal que derivaron en la muerte de los perros comunitarios conocidos como «Negro» y «Rubio».