La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dictó una sentencia inédita en el país al determinar de manera oficial que la muerte de Melín Agustina Sartori, ocurrida en julio de 2021, fue consecuencia de los efectos adversos de la vacuna Sputnik V contra el Covid-19. El fallo de la Sala A de la Cámara Federal se resolvió a favor de la demanda iniciada por María Virginia Ruiz, madre de la víctima, tras un extenso y complejo proceso judicial.
El tribunal dictaminó de manera contundente que el deceso de la joven —producido por una trombosis con trombocitopenia— estuvo directamente relacionado con la primera dosis de la vacuna de origen ruso.
Martín Barbará, abogado de la familia de la víctima, destacó la trascendencia del dictamen judicial en diálogo con la prensa. «Fue un proceso novedoso. Tocaba toda una cuestión que no estaba estandarizada»; explicó el letrado, haciendo referencia a que al momento de iniciar el reclamo no existían mecanismos claros para denunciar estas situaciones.
Barbará remarcó además que, según su conocimiento, no existen otros antecedentes judiciales de este tipo en la Argentina, por lo que la resolución se convierte en la primera de su clase.
De acuerdo con las pruebas incorporadas al expediente, Melín Sartori era una joven que gozaba de excelente salud y realizaba actividad física con regularidad. El 15 de julio de 2021, recibió la primera dosis de la vacuna Sputnik V. En tanto, el 21 de julio de 2021 (seis días después de la inoculación), comenzó a manifestar cefaleas severas y vómitos, cuadro que derivó en su internación. Su estado de salud empeoró rápidamente hacia una trombosis con trombocitopenia, lo que le provocó un deterioro neurológico de carácter irreversible y el 29 de julio de 2021, falleció en la ciudad de Córdoba.
La definición judicial se sostuvo en los informes de especialistas médicos y cobró un impulso definitivo tras la intervención de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa). Basándose en la evolución del consenso científico a nivel internacional, este organismo oficial reclasificó el caso y reconoció formalmente el nexo de causalidad entre la aplicación de la dosis y el daño posterior. A su vez, el abogado de la familia subrayó que el expediente dejó constancia de que la vacuna Sputnik V «no tenía farmacovigilancia», señalando la ausencia de un monitoreo continuo para detectar y prevenir estas reacciones adversas.
En caso de quedar firme la sentencia, el Ministerio de Salud de la Nación deberá pagar a la familia una indemnización equivalente a 240 haberes mínimos jubilatorios. La cifra representa en la actualidad una suma cercana a los 95 millones de pesos.